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                      Proyecto de Ley
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PROYECTO DE LEY
PARA REACTIVAR LA ECONOMIA NACIONAL
Y PARA LA PARTICIPACION DE MEXICO
EN UNA RECUPERACION ECONOMICA MUNDIAL

                       Considerando:

     Que en la actualidad, todas y cada una de las naciones
de este planeta estan bajo el dominio de un sistema
financiero y monetario mundial unico, el del Fondo Monetario
Internacional (FMI).
     Que ese sistema se encuentra en proceso de
desintegracion. Que dicha desintegracion definitiva del
sistema del FMI podra irrumpir dentro de unas semanas
o, en un improbable caso, podra posponerse, cuando
mucho, hasta principios de 1997. Que del actual sistema
financiero y monetario nada puede ser salvado y que no
existe solucion alguna para ninguna de las naciones
dentro de ese mismo sistema.
     Que en las 48 a 72 horas posteriores al momento de la
irrupcion de la desintegracion definitiva deberan ponerse en
practica las medidas clasicas de reorganizacion de bancarrota
para la totalidad del sistema financiero y monetario mundial, y
que, por lo tanto, nuestra nacion deber acogerse al mismo tipo
de reorganizacion
     Y que las fuerzas politicas, economicas y sociales de
nuestra nacion requieren, desde ahora, participar en
conformar las precondiciones intelectuales y programaticas
que permitan adoptar las medidas de reorganizacion
econmicas, financieras y monetarias pertinentes, ofrecemos
la siguiente propuesta de PROYECTO DE LEY PARA REACTIVAR LA
ECONOMIA NACIONAL Y PARA LA PARTICIPACION DE MEXICO EN UNA
RECUPERACION ECONOMICA MUNDIAL

I. PARTICIPACION DEL GOBIERNO NACIONAL EN LA REACTIVACION
ECONOMICA MUNDIAL

1. El Congreso de la Union instruye y faculta al Ejecutivo
Federal para que a la brevedad posible inicie negociaciones con
el gobierno de los Estados Unidos y demas naciones que deseen
participar, para:

a) Realizacion de una Conferencia Monetaria Mundial que
estructure un nuevo orden monetario que reemplace al del Fondo
Monetario Internacional.

b). Establezca las guias para un nuevo conjunto de acuerdos de
comercio y tarifas multilaterales y acuerdos econmicos que
reflejen los intereses vitales comunes de las naciones soberanas
comprometidas en este esfuerzo de recuperacin general.

2. En consecuencia, todos los acuerdos y entendimientos de
nuestro pais con el Fondo Monetario Internacional y otras
instituciones extranjeras, multilaterales o privadas, quedan
anuladas y se invalidan. Esto significa que nuestro pais declara
una moratoria inmediata al pago de la deuda externa y de ciertas
categorias de la deuda interna. Dicha moratoria se mantendra en
vigor hasta que se conozca el funcionamiento del nuevo orden
monetario, financiero y economico mundial.

3. El Gobierno constituira un organismo independiente de expertos
que determine la legitimidad de la deuda original, eliminando de
nuestras obligaciones externas todas aquellas categorias de deuda
nominal que se contrajeron e inflaron mediante practicas
ilegtimas, injustas o usureras.

4. Nuestro Gobierno reitera su compromiso a cumplir todas sus
obligaciones legitimas, de conformidad con el principio de
equidad y acorde a los intereses vitales de la nacion. Se
reconocera que la reanudacion del pago, en muchos casos, podra
hacerse dentro de 20 o 30 anos, segun sea el caso.

5. De mutuo acuerdo, deudor y acreedor, fijaran un fecha limite
inmediata que suspenda la acumulacion de intereses sobre los
debitos contraidos. Despues de esa fecha, ni un solo redito se
acumular a esas deudas. Con esta fecha, la nacion entregara a
los bancos acreedores paquetes de bonos por un total equivalente
al valor de la deuda legitima. Dentro del contexto del nuevo
orden economico mundial, el paquete de bonos tendra las
siguientes caracteristicas:
     El tipo de interes que devenguen sera apenas simbolico,
aproximadamente el 2% anual.
     La fecha de liquidacion del principal de la deuda total sera
considerablemente posterior a la que senalaban los contratos
desconocidos. En algunos casos habra cierto periodo de gracia
antes de que empiecen los pagos.
     La maduracion del pago de la deuda quedara fijada por las
fechas de maduracion de las diferentes serie de bonos que se
emitan.

6. Complementando las medidas anteriores se faculta el Ejecutivo
Nacional para que de inmediato decrete un estricto control de
cambios que frene la especulacion y la fuga de capitales, y
defienda la integridad de la moneda nacional.

II. REFORMA MONETARIA INTERNA

7. Una moneda nacional fuerte y estable es esencial como
instrumento de la soberania nacional en el gobierno de sus
propios asuntos economicos, asi como para fomentar la creacion
de riqueza real mediante los debidos mecanismos de credito. Para
mantener robusta la moneda nacional y coadyuvar a las relaciones
comerciales ordenadas y equitativas al interior de la nacion y
con otras naciones, el sistema monetario nacional se reorganiza
sobre la base de las reservas de oro, y el valor de la moneda se
acopla a una "canasta" de mercancias, a definirse en posterior
decreto.
     El ejecutivo elaborar, por mandato de esta ley, un Plan de
Reforma Monetaria, segun el cual se sacar de circulacion la
moneda corriente, a ser cambiada por un nuevo papel
moneda,
moneda, previa documentacion del origen legitimo de dichos
haberes. Tales disposiciones detectaran y eliminaran las
porciones de circulante provenientes de fuentes ilegtimas tales
como el narcotrafico y otras actividades ilicitas.

III. UN NUEVO BANCO DE LA NACION

8. Un banco de la nacion no puede ser "autnomo". Es indudable
que una institucion a la que se le confieren tareas de soberana
no debe operar fuera de control de la nacion misma, por lo que
se reestructura el actual Banco de Mexico en un nuevo Banco de
la Nacion bajo los siguientes lineamientos.

9. El nuevo Banco de la Nacion es propiedad del Estado y estara
bajo las ordenes del Ejecutivo Federal en colaboracion con el
Congreso de la Union.

10. El nuevo Banco de la Nacion instrumentara, de inmediato, un
plan de reordenacion de la deuda interna y de la deuda de
empresas e individuos nacionales con el sistema bancario nacional
bajo los mismos criterios establecidos para el tratamiento de la
deuda externa de la nacion.

11. El Banco de la Nacion seguira una nueva politica general de
fomentar los aumentos de las capacidades productivas de la fuerza
de trabajo nacional mediante el progreso cientifico y
tecnologico; de promover la agricultura familiar independiente
y la formacion y el desarrollo de la pequena y mediana empresa
industrial, asi como las mejoras de capital de la industria y la
mineria en general; y de suministrar credito para urgentes
mejoras en la vivienda, la infraestructura ifsica e instalaciones
educativas y de salud.

12. Se faculta al Banco de la Nacion para que genere credito en
categoras especificas de inversion productiva. Estas nuevas
emisiones de papel moneda circularan como credito otorgado
directamente por el Banco de la Nacion y en participacion de
prestamos dados por la banca comercial.

13. Se faculta a la Secretaria de Hacienda para que, previa
aprobacion del Congreso de la Union, emita cantidades adicionales
especificas de papel moneda nuevo, a ser depositado en el Banco
de la Nacion para ser empleado con el fin exclusivo de otorgar
credito a las actividades productivas de la economia. El papel
moneda nuevo se pondra en circulacion mediante las actividades
de emision del Banco de la Nacion, exclusivamente por las
siguientes maneras:

a) Credito dado por el Banco de la Nacion para las inversiones
del Estado.
b) Participacion del Banco de la Nacion en prestamos otorgados
por bancos privados a empresas privadas.
c) Descuentos del Banco de la Nacion a pagares, giros y letras
de cambio surgidos de la produccion de riqueza tangible y mejoras
de capital.

14. En cada uno de estos casos, la emision y utilizacion de dicho
credito se limitar estrictamente a lo siguiente: compra de
materias primas, intermedias y de bienes de capital; contratacion
de fuerza de trabajo o construccion de instalaciones para
producir o transportar bienes manufacturados, productos agricolas
y materiales de construccion; producir  alimentos; explotar
minas; construir vivienda; generacion y distribucion de energia
en todas sus formas; y para el suministro de servicios publicos
y de comunicaciones.
     Aparte de excepciones aisladas, los creditos no se pagaran
directamente al prestatario. Los creditos se depositaran en
cuentas especiales de los que solo podran girarse y aprobarse
cheques girados para las categorias ya mencionadas. De esta
manera se regular el credito del Banco de la Nacion a los fines
propuestos. La circulacion de las nuevas emisiones quedara
restringida a la generacion de empleos y la creacion de riqueza
tangible.

15. La emision del nuevo circulante no se aplicara al pago de
costos de operacion del Gobierno nacional, ni el de los Estados
y Municipios.

16. A las instituciones privadas de banca y credito se les
aplicara una severa auditoria para determinar en que grado han
incurrido en la ilegal practica del autoprestamo, la inversion
de depositos en emisiones bursatiles de su propiedad, y practicas
fraudulentas por el estilo. Posterior a esta limpieza, dichas
instituciones solo podran otorgar prestamos con base a depositos.
Con la participacion del Banco de la Nacion, solo podran
participar en las categorias de creditos aprobados ya
mencionados.

17. Las tasas de descuento y de interes por el nuevo credito del
Banco de la Nacion no pasara del 4% anual. Los costos cargados
por las instituciones privadas se negociaran en base a limites
que no excedan los establecidos por el Banco de la Nacion.

18. Toda emision de credito por parte de instituciones bancarias
nacionales y extranjeras, asi como de personas, estara sujeta a
las leyes contra la usura y a los requisitos de reserva y demas
reglamentos de banca y credito contenidos en las leyes existentes
y futuras.

IV. UN MEXICO NUEVO PARA EL SIGLO XXI

19. La infraestructura ifsica basica, que comprende el transporte,
la energia, el manejo y abastecimiento de aguas y las
comunicaciones, se encuentran en grave deterioro. Por lo tanto,
el Gobierno formara de inmediato una Comision Nacional de
Infraestructura con responsabilidad general por la planeacion y
ejecucion expedita de un Plan Nacional de Infraestructura.
     Las inversiones de gran escala en la modernizacion de la
infraestructura del pais constituyen la manera mas eficaz de
aumentar la productividad de la economia, mantener un nivel
elevado de empleo productivo, y crear las condiciones favorables
para el rapido desarrollo de la industria y la agricultura
privadas.

20. La Comision Nacional de Infraestructura, despues de su
constitucion, presentara al Gobierno en un plazo de 60 dias un
informe preliminar que incluya:

i) Un compendio de las mejoras mas necesarias en la
infraestructura economica basica, con enfasis en la modernizacion
del transporte ferroviario, carretero y martimo-fluvial, y en
el aumento del suministro de agua y de energia, per capita, por
hogar y por kilometro cuadrado;

ii) Estimaciones de la fuerza de trabajo y de la capacidad
productiva movilizada para obras de infraestructura;

iii) Estimaciones del volumen adicional de credito requerido en
un periodo inicial especifico, que incluya un calculo de los
porcentajes destinados a:

a)  Inversiones directas del Estado; y

b) Creditos a empresas privadas que participan en el suministro
de materiales y equipo o la construccion de obras de
infraestructura.

21. Sobre la base de las recomendaciones de la Comision Nacional
de Infraestructura, la Secretaria de Hacienda solicitara al
Congreso de la Union que autorice la emision de cantidades
especificas de papel moneda que el Banco de la Nacion prestara
en forma de creditos ampliados para las actividades relacionadas
al Plan Nacional de Infraestructura. Dichos creditos consistiran
principalmente de:
a) Creditos a empresas propiedad del Estado y empresas con
concesion especial del Estado para la realizacion de trabajos
contenidos en el Programa Nacional de Infraestructura.
b) Creditos para la creacion, expansion y mejoramiento
tecnologico, o para el suministro de materiales y equipos de las
empresas del sector privado que participen en los trabajos del
Plan Nacional de Infraestructura.
     Estas empresas trabajarn unica y exclusivamente para la
construccion y modernizacion de equipo e instalaciones de
transporte ferroviario, carretero, maritimo-fluvial y aereo; para
la generacion y distribucion de energia; para el manejo,
tratamiento y distribucion de aguas, incluidos distritos de
riego; y para las comunicaciones.

V. COMERCIO Y ARANCELES

22. La intervencion del Gobierno en el libre cambio de bienes y
servicios se limitar al minimo necesario para mantener el orden
e impedir graves excesos tales como la especulacion, la
explotacion y la usura, y para garantizar una orientacion
productiva de la economia nacional. El acaparamiento de bienes
con el fin de obtener ganacias exorbitantes por su venta, o para
ejercer poder sobre personas y acontecimientos, es un grave
delito que se penar severamente.
     Tener un intercambio de bienes escenciales tales como
alimentos, materias primas y procesadas, y equipo basico, a
precios inferiores a su costo de produccion significa un grave
deterioro economico que no pude tolerarse en nuestras relaciones
comerciales nacionales e internacionales.
     En consecuencia, el Gobierno establecer un nuevo sistema
de precios de garantia a los productores nacionales, cuyos
precios se determinarn de la siguiente manera: El costo promedio
de produccion de una mercancia dada se calculara a partir de un
muestreo de empresas que la producen, haciendo a un lado el 30%
mas atrasado de las mismas, asi como el 30% mas productivo.
Luego, el precio de garantia se compondra, sumando al costo de
produccion, determinado de la manera antes dicha, un margen
necesario de mejoras de capital productivo a tono con la tasa
minima de aumento de la productividad en el sector dado, a la luz
de las necesidades de la economia en general.

23. A las mercancas importadas en la categora de bienes basicos
se les fijar un arancel al nivel necesario para garantizarle
precios de garantia justos a los productores nacionales que
compiten con productos de calidad aceptable. A los productos
importados que contengan materias primas que se produzcan en el
pais, se les aplicara un arancel no mas arriba del necesario para
fomentar el uso de esa materia prima nacional. A los productos
importados que quieran competir con productos nacionales que nos
interesa proteger por razones de seguridad nacional, se les
aplicar un arancel convenientemente elevado.

24. Dentro del nuevo orden financiero, monetario y economico
mundial tambien se establecera la desaparicion de la Organizacion
Mundial de Comercio (OMC), cuya organizacion antecesora, el GATT,
condujo a las relaciones comerciales del mundo a una situacion
intolerable, destruyendo a sectores completos de productores
nacionales y empobreciendo a la inmensa mayoria de las
poblaciones que cayeron bajo sus dictados. Este es el caso de
nuestro pais. Consecuentemente, el Tratado Norteamericano de
Libre Comercio (TLC) firmado por el gobierno mexicano con los de
Estados Unidos y Canada, debera ser reformado en conformidad con
los lineamientos establecidos o nuestra nacion procedera a
desconocerlo unilateralmente.

25. Se instruye al Gobierno que tome accion, en concierto con
otros gobiernos, para dar luz a un marco alternativo. El gobierno
debe entablar de inmediato y en forma sistematica negociaciones
con todos los paises interesados para ampliar la cantidad y la
envergadura de los acuerdos de trueque mutuamente beneficosos.
En el caso de la region de Iberoamerica es deseable, como
posible, establecer relaciones regionales de tipo Mercado Comun
que rapidamente desemboquen en una efectiva Integracion Economica
Iberoamericana.

VI. POLITICA TRIBUTARIA

26. La funcion legitima del sistema tributario no solo es generar
los ingresos necesarios para el funcionamiento del Gobierno, sino
para alentar tambien las actividades en aquellas categorias que
beneficien el bienestar general de la nacion, al tiempo que
tiende a desalentar aquellas que son probadamente nocivas al
mismo.
     El metodo mas efectivo para aumentar los ingresos al fisco
es fomentar el aumento del empleo productivo de la fuerza de
trabajo en modalidades de alto contenido de capital y
tecnologia,que aumentan a su vez el rendimiento fisico per capita
de la produccion, dando lugar a una tasa creciente de ingreso
real de la poblacion y de las empresas de las que se deriva el
ingreso tributario.
     Se acordaran ventajas tributarias a los ingresos y
utilidades que se reinviertan en la forma productiva indicada,
mientras que se tasarn con impuestos francamente altos a las
formas especulativas y puramente parasiticas de ingreso, tales
como las derivadas de la simple reventa de valores nominales
(activos nominales de papel).
     El Gobierno proceder a revisar las leyes y procedimientos
tributarios con miras a conformarlas eficientemente con los
principios aqui resumidos.

CONSIDERACION FINAL

     Estos son los medios con los que el Gobierno cuenta para
lograr la suficiencia y el progreso de las manufacturas y la
agricultura de nuestra nacion. Nuestro objetivo es salvar a toda
costa a la produccion nacional del suicidio seguro que la amaga
con la aplicacion de las politicas del Fondo Monetario
Internacional. Es parte de nuestro movimiento dar vida a la
comunidad de intereses de todos los mexicanos, que son los que
producen la fortaleza nacional. No queremos la protesta esteril,
ni la revuelta ni la insurreccion.
     El pueblo de Mexico, por ley divina, por ley natural y por
ley de las naciones, tiene el derecho a liberarse de la usura.

                           Mexico, D.F. agosto de 1995.
     Firman:

     Marivilia Carrasco, presidenta del Movimiento de Solidaridad
Iberoamericana de Mexico
     Manuel Villagomez, presidente de la Confederacion
Nacional de la Micro y Pequena Empresa de Mexico
     Jaime Miranda Pelaez, presidente de la Union de Credito
Agricola de Cajeme (UCAC) y coordinador del Foro Permanente
de Productores Rurales
     Armando Elizondo, presidente de la Asociacion de
Microempresarios Mexicanos
     Ing. Jesus Tapia Leon, dirigente nacional de la
Coordinadora Nacional de Usuarios de la Banca de Mexico






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